Causas de nulidad matrimonial
La consulta habitual cuando una persona quiere la nulidad matrimonial canónica es la causa por la que se generalmente después de un divorcio, se puede obtener la nulidad matrimonial.
Como Abogado especialista en nulidades matrimoniales, mi consejo es que con total confianza llame al despacho en Gandía, y concierte una visita. Son temas muy personales, y que cambian mucho de un caso a otro
La celebración del matrimonio requiere que el consentimiento sea válido, y ello significa que ha de ser un consentimiento intercambiado entre personas que sean capaces de realizar un acto de voluntad de entrega y aceptación mutua, recordando la importancia de un acto que es para toda la vida.
Ello requiere que el consentimiento se haga sin vicios ni defectos y según las solemnidades previstas por el código canónico.
Las causas, que en derecho canónico se llaman capítulos o motivos de nulidad matrimonial afectan a la presencia de impedimentos dirimentes no dispensables, un vicio o defecto del consentimiento o la falta de forma canónica.
Por lo tanto tenemos que distinguir entre impedimento o causa de nulidad.
La presencia de un impedimento, al momento del consentimiento, en uno de los dos contratantes hace nulo el matrimonio.
Los impedimentos pueden referirse a la capacidad personal, tener su origen en un comportamiento criminal o surgir por un vínculo familiar. Cada vez los impedimentos se encuentran en la vida real con menos frecuencia.
Los impedimentos se producen por causas como la edad, haber hecho votos, estar ya previamente casado o la impotencia.
La causa de nulidad sin embargo viene dada normalmente por un hecho que no tiene porqué conocerse a priori, y son las causas más frecuente de nulidad matrimonial.
Al menos diríamos que casi la totalidad de las nulidades matrimoniales que hemos tramitado en el despacho, y todas con resultado satisfactorio, se han llevado por estas causas.
En otro artículo dejamos los posibles impedimentos y en otro distinto las causas, pero como decimos, le aconsejamos que consulte con el despacho para tratar personalmente su caso.